Si creo que soy víctima de una forma grave de la trata de personas, ¿cómo contacto a las autoridades para recibir ayuda?
Para conseguir estatus de visa T, usted debe estar dispuesto/a a ayudar a las agencias que hacen cumplir la ley, a menos que usted sea menor de 21 años o consiga una “excepción de trauma”. Muchas veces usted puede entrar en contacto con las agencias que hacen cumplir la ley mientras está siendo victimizado/a durante la trata. Por ejemplo:
- Las agencias que hacen cumplir la ley y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (“ICE”) pueden hacer una redada en su lugar de trabajo;
- Las agencias que hacen cumplir la ley pueden arrestarle por prostitución o por otro crimen en el que el/la traficante le esté forzando a participar; o
- Una agencia estatal o federal puede enviar oficiales a investigar violaciones u otros asuntos en el lugar de trabajo.
Si usted ha entrado en contacto con las agencias que hacen cumplir la ley de cualquiera de estas formas, puede encontrar una manera de informarles a ellos sobre su situación de una forma segura. Aunque la agencia a la que usted le informe no pueda investigar, ellos deben saber cuál de las agencias que hacen cumplir la ley puede ayudarle y deben reportarle su situación a ellas.
Sin embargo, usted no tiene que esperar que las agencias que hacen cumplir la ley le encuentren. Si es posible hacerlo de una forma segura, puede reportar su situación a las agencias que hacen cumplir la ley o conseguir a alguien que se encuentre en una situación más segura que la suya lo haga por usted. Puede reportar la trata a:
- la policía local (usualmente llamando al 911);
- una oficina local del FBI; o
- la Oficina de el/la Fiscal de los EE.UU.
También hay otras maneras de reportar su situación. Las siguientes agencias le ayudarán a determinar lo que puede hacer en su situación y referirlo/a a las agencias que hacen cumplir la ley de la forma más segura posible:
- la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia al 1-888-428-7581; y
- la Línea Nacional Contra la Trata de Personas al 1-888-373-7888, o a través de mensaje de texto al 233733, que corresponde a las letras “BeFree” en su teléfono.
Tenga en cuenta que contactar a las agencias que hacen cumplir la ley por su cuenta puede ser arriesgado. Algunas de estas agencias pueden involucrar al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Si eso ocurre, usted debe pedir hablar con un/a Investigador/a de Seguridad Nacional ICE que se especialice en la trata de personas.
Ya que el trabajo principal de ICE es identificar, detener y deportar a personas que no están en los EE.UU. legalmente, usted puede ser detenido/a o deportado/a. Por lo tanto, la forma más segura de reportar su situación es a través de un/a abogado/a de inmigración que trabaje con la trata de personas. Use nuestra página Encontrando a un Abogado para encontrar a un/a abogado/a en su estado. También puede pedirle a una de las organizaciones nacionales de inmigración en nuestra página Organizaciones Nacionales - Inmigración que le ayude a conseguir un/a abogado/a.
Es importante saber que una gran cantidad de víctimas de la trata pueden reportar su situación a las agencias que hacen cumplir la ley pero éstas pueden decidir no investigar su caso por una variedad de razones. Por ejemplo, las agencias que hacen cumplir la ley pueden creer que es mejor usar sus recursos en redes grandes de la trata que usarlos en el caso de una persona particular; o pueden pensar que otras víctimas serán mejores testigos en su caso, etc. El hecho de que no quieren o necesitan su ayuda no significa que usted no sea una víctima real de la trata o que no deba recibir estatus de visa T.
1 8 C.F.R. § 214.11(f)
¿Cómo pruebo que contacté a las agencias que hacen cumplir la ley?
A la agencia que contacte, puede pedirle que le dé (a usted o a su abogado/a) un “endoso de la agencia que hace cumplir la ley (LEA)”, también conocido como una “declaración de un/a oficial de las agencias que hacen cumplir la ley para víctimas de la trata de personas”, en el Formulario I-914, Suplemento B. Esto es una declaración de las agencias que hacen cumplir la ley que dice que usted ha cooperado con sus peticiones durante la investigación o enjuiciamiento del caso.
Conseguir la aprobación LEA puede servirle de mucha ayuda para fortalecer su aplicación de visa T. Sin embargo, tener una aprobación LEA no le garantiza que recibirá un estatus de visa T. Es posible que pueda conseguir un estatus de visa T si demuestra que intentó ser útil pero aun así no pudo conseguir un endoso de las agencias que hacen cumplir la ley. 1
Para más información sobre los cuatro requisitos que deberá probar, vaya a ¿Qué debo probar para ser elegible para el estatus de visa T?
1 8 C.F.R. § 214.204(e)