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Inmigración

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Actualizada: 
18 de septiembre de 2019

Cuando solicito una visa T, ¿puedo incluir a mis familiares?

Si se solicita, el gobierno también puede darle visas-T a familiares cercanos de las víctimas de la trata de personas.1 Si la víctima de trata es mayor de 21 años, él/ella puede pedir estatus de visa T para su:

  • esposo/a; e
  • hijos/as.2

Si la víctima de trata es menor de 21 años, él/ella puede pedir estatus de visa T para:

  • sus padres;
  • sus hermanos/as menores de 18 años que no estén casados/as; y
  • su esposo/a; y
  • sus hijos/as.

Bajo la ley de inmigración, “hijos/as” incluye a hijastros/as que eran menores de 18 años de edad al momento del matrimonio entre el/la padre/madre y el/la padrastro/madrastra.3

A diferencia de el/la solicitante principal de la visa T, los familiares deben pedir y pagar por un permiso de trabajo; ellos no lo reciben automáticamente cuando USCIS les da estatus de visa T.4 Esta solicitud tiene un alto costo, aunque hay “exenciones” disponibles para ese costo. También hay formularios aparte para solicitudes de visa T de familiares (“derivativos/as”) y ellos/as deben cumplir con los requisitos de elegibilidad por su cuenta.5 Por ejemplo, al igual que todos/as los solicitantes de visa T, es posible que los familiares tengan que explicar por qué USCIS debería darles estatus de visa T aunque anteriormente hayan cometido actos que el Congreso ha dicho que son barreras para recibir estatus en los EE.UU. (“bases de inadmisibilidad”). Superar estas bases de inadmisibilidad es complicado y difícil de hacer sin la ayuda de un/a abogado/a con experiencia en leyes de inmigración.

Para evitar que USCIS le deniegue su caso y posiblemente le ponga a usted o a sus familiares en procedimientos en la corte de inmigración, es más seguro para usted y su familia trabajar con un/a abogado/a con experiencia en casos de visa T. Puede ir a nuestra página Encontrando a un Abogado para encontrar un/a abogado/a en su estado. También puede pedirle a una de las organizaciones nacionales de inmigración en nuestra página Organizaciones Nacionales - Inmigración que le ayude a encontrar un/a abogado/a.

1 8 C.F.R. § 214.11(k)(1)
2 8 C.F.R. § 214.11(k)(1)(i)
3 8 C.F.R. § 214.11(k)(1)(ii); INA § 101(b)(1)
4 8 C.F.R. § 214.11(k)(10)
5 8 C.F.R. § 214.11(k)(2)