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Información Legal: Maryland

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 27 de noviembre de 2023

¿Cómo el juez tomará la decisión de otorgar o no la orden?

El/la juez/a puede dar una orden de protección provisional, temporal o final por riesgo extremo si el/la demandado/a demuestra ser un peligro presente o inmediato de hacerse daño a sí mismo/a, a usted o a otros/as al tener armas de fuego. Para decidir si un/a demandado/a es un riesgo de peligro presente e inmediato, el/la juez/a considerará factores como:

  • comportamiento y comentarios alarmantes;
  • posesión ilegal de un arma de fuego;
  • uso imprudente o negligente de un arma de fuego;
  • violencia o amenazas de violencia contra sí mismo/a o contra otras personas;
  • violar ordenes de paz o de protección;
  • abuso de drogas y/o alcohol; y/o
  • información encontrada en los expedientes médicos.1

1 Código MD, Seguridad Pública § 5-602(a)(1); página web de la Corte de Maryland, “Ordenes de Protección por Riesgo Extremo” (sólo disponible en inglés)