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Cuando Existe una Decisión

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Actualizada: 
21 de septiembre de 2021

Paso 4: Ordenar las transcripciones del juicio.

Normalmente, la corte de apelaciones deberá revisar las transcripciones del juicio, que son el registro escrito del juicio. Es responsabilidad de el/la apelante ordenar y pagar por las transcripciones. Usualmente las transcripciones se ordenan a través de el/la reportero/a de la corte. Verifique en la oficina de el/la secretario/a de la corte de primera instancia para determinar el proceso para su estado. Aquí tiene algunos puntos clave para tener en mente:

  • Las transcripciones son caras. Normalmente se cobran según el número de páginas, y por lo tanto el costo es determinado por la duración del juicio. Verifique para ver si su estado ofrece exenciones para los costos de transcripciones basados en elegibilidad según sus ingresos. De ser así, deberá completar los formularios requeridos para solicitar la exención, que muchas veces incluye un estado financiero como prueba de sus ingresos.
  • Verifique con el/la secretario/a de la corte de primera instancia y/o de la corte de apelaciones cualquier fecha límite relacionada a las transcripciones. Generalmente hay una fecha límite para solicitar las transcripciones (y pagarlas), usualmente basada en la fecha que se presente la Notificación de Apelación. Por ejemplo, es posible que usted deba solicitar las transcripciones dentro de 14 días de haber presentado la Notificación de Apelación. Si su estado tiene una fecha límite para que las transcripciones estén preparadas y las mismas no estarán listas a tiempo, usted deberá presentar una moción en la corte de apelaciones solicitando una extensión de la fecha límite y explicando la razón por la cual usted no tendrá las transcripciones a tiempo – por ejemplo, si el/la reportero/a de la corte no puede completar las transcripciones para la fecha límite.
  • Verifique en la corte de apelaciones si debe presentar cualquier documentación que confirme que usted ha ordenado las transcripciones.
  • Verifique en la corte de apelaciones si debe darle una copia de la transcripción a el/la apelado/a. Normalmente, el/la reportero/a de la corte de primera instancia (“taquígrafo/a de la corte”) o quien sea que prepare las transcripciones enviará las originales directamente a la corte de primera instancia para que sean incluidas en el expediente. Sin embargo, muchas veces el/la apelante será responsable de enviarle una copia de la transcripción a el/la apelado/a.