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Comenzando el Caso en la Corte

Comenzando el Caso en la Corte

Información sobre cómo iniciar un caso en el tribunal, crear un borrador y presentar una petición o denuncia y notificarle la otra parte.

Información básica

¿Puedo presentar un caso en la corte? ¿Tengo una “causa de acción”?

Para ir a la corte y comenzar un caso, debe tener una razón para hacerlo. Generalmente, la razón por la que va a la corte se conoce como la “causa de acción”. Existe una causa de acción cuando alguien, usualmente conocido/a como el/la demandado/a, ha cometido una falta legal contra usted, o hay un desacuerdo que la corte puede resolver. Por ejemplo, usted puede tener una causa de acción contra cualquiera de las siguientes personas:

  • alguien que le agredió;
  • alguien con quien usted tuvo un contrato o acuerdo verbal y ese acuerdo se rompió; o
  • alguien con quien usted tiene hijos/as y hay un desacuerdo sobre dónde deben vivir y quién debe tomar decisiones acerca de ellos/as.

Todos estos asuntos, y muchos otros, son causas de acción que le permiten llevar un caso a la corte.

¿Cómo inicio un caso en el tribunal?

La mayoría de los casos en la corte comienzan cuando una parte presenta una denuncia, petición u otros documentos legales ante el/la secretario/a de la corte. Por lo general, la parte que inicia el caso en la corte se llama “demandante” o “peticionario/a” y la parte a quien se demanda es el/la “acusado/a” o el/la “demandado/a”. Luego de que usted haya presentado todos los documentos, la otra parte debe “ser notificada” de la documentación; esto se conoce como “notificación”. La persona a quien usted está demandando recibirá una citación o una notificación de petición (una notificación legal para comparecer ante la corte) que, por lo general, incluye la petición y la declaración jurada. Esto le notificará a la otra parte acerca del caso en la corte y de las fechas programadas por la corte. En algunos casos, el/la secretario/a de la corte puede encargarse de la notificación y, a veces, el/la demandante es quien debe notificar a la otra parte.

¿Qué debo incluir en la petición o en la demanda?

​Hay cierta información que generalmente debe incluirse en una petición para que el/la juez/a pueda ver el caso. En la mayoría de los estados, tendrá que incluir los nombres, direcciones y, si es posible, las fechas de nacimiento de las personas involucradas en el caso judicial. Si el caso involucra menores, por lo general también se exigen los nombres de los/as menores, sus direcciones, fechas de nacimiento e historial de domicilios. Si le preocupa revelar su dirección, puede preguntarle a el/la secretario/a de la corte si existe alguna forma de mantener la confidencialidad de su dirección.

Tendrá que incluir ciertas cosas en su petición para cumplir con los requisitos básicos de la corte donde está presentando su caso. La información solicitada en su petición dependerá del tipo de caso legal que está intentando iniciar. Básicamente, usted debe explicar el motivo por lo que lo presenta, lo que le gustaría que ocurriera (el remedio que usted está solicitando) y brindar ejemplos específicos de lo que ocurrió por lo que usted cree que el/la juez/a debería conceder lo que está solicitando. En algunos casos, habrán requisitos adicionales que deberá cumplir así que tendrá que asegurarse de revisar el formulario cuidadosamente y de completar todas las secciones. Por ejemplo, en caso de modificar una orden de custodia existente, tendrá que incluir información sobre el cambio de circunstancias que han ocurrido desde que se emitió la orden original.

La mayoría de los estados tienen ejemplos de formularios de petición que puede completar en línea. Si su estado no tiene formularios disponibles en línea, podrá obtener los formularios solicitándolos a el/la secretario/a de la corte en la corte donde quiere presentar su petición. Algunas cortes pueden incluso tener a un/a miembro del personal disponible para que lo/la ayude con el borrador de las peticiones.

Notificarle a la otra parte

¿Qué es una citación o notificación de petición?

Una citación o notificación de petición es un documento legal que le notifica a alguien acerca de un caso legal iniciado y le indica cuándo y dónde deberá presentarse (comparecer) ante la corte. Por lo general, las citaciones también indicarán que la persona debe comparecer en esa fecha y que podrá enfrentar consecuencias legales si no se presenta.

¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

​La notificación consiste en darle a las otras partes del caso en corte, copia de los documentos que se presentaron en el caso para que así estén notificados/as de que se presentó una demanda en su contra y tengan la oportunidad de responder. Existen muchas reglas específicas sobre quién, cuándo y cómo se debe notificar a una persona. Cada estado tiene reglas diferentes sobre la notificación pero, en general, existen unas pocas maneras distintas de notificar a la otra parte o partes.

  • Notificación personal: La notificación personal es cuando una persona entrega los documentos personalmente a la otra parte. Para que las notificaciones sean correctas (válidas), los estados tienen ciertas reglas que deben cumplirse. Por ejemplo, algunos estados no permiten que se hagan notificaciones los domingos (u otro día sabático que usted sepa que la persona respeta). Además, usted (el/la demandante o peticionario/a) no puede ser quien entregue los documentos a la otra parte. Esto se debe a que si existe alguna duda respecto de si la persona fue o no realmente notificada, el/la juez/a querrá confirmar con un tercero, alguien que no sea usted, si efectivamente se hizo la notificación.
  • Reemplazo de Notificación: Algunos estados permiten lo que se conoce como reemplazo de notificación o notificación implícita, que solo estará disponible en ciertos tipos de casos o si se cumplen ciertas condiciones. Algunos ejemplos de lo que podría considerarse calificado como reemplazo de notificación son:
    • Notificar a una persona de “edad y criterio adecuados” en su domicilio o en su lugar de trabajo. En general, se considera que una persona reúne los requisitos de edad y criterio adecuados cuando se refiere a un/a adulto/a que no sufre de ninguna incapacidad de desarrollo.
    • Luego de esfuerzos diligentes para notificar personalmente a el/la demandado, publicar los documentos en la residencia de el/la demandado/a y enviar una copia por correo postal a su última dirección conocida.
    • La publicación de la notificación y/o de los documentos seleccionados por la corte en un diario u otras formas de notificación alternativas (tales como notificaciones a través de correo electrónico o redes sociales). Estos métodos de notificación, por lo general, tienen que ser aprobados por un/a juez/a antes de llevarse a cabo.

Es recomendable que consulte con un/a abogado/a si el reemplazo de notificación es necesario en su caso.

Recolectando evidencia

¿Debo reunir evidencia antes de presentar mi caso?

Si es seguro para usted, debería ir reuniendo evidencia y decidiendo cuáles testigos podrían ayudarle a probar su causa de acción. Debe mantener un registro de los/as testigos que incluya sus nombres, información de contacto, y lo que saben sobre su caso. Asegúrese de sacar fotos de las heridas que sufrió o de cualquier daño a su propiedad. Si usted es quien está presentando el caso (el/la demandante o peticionario/a), entonces es usted quien tendrá que probar que lo que está alegando en su petición/denuncia ocurrió realmente.

Si su caso es sobre acecho o acoso, algo que puede hacer para preparar mejor su caso, es mantener un registro (o un récord) de los detalles de cada incidente según van ocurriendo. Puede hacer una lista que incluya la fecha y hora de cada incidente, lo que el/la agresor/a hizo o dijo, las acciones que usted tomó (si tomó alguna), los/as testigos o evidencia que tenga, etc. De esta forma, si tiene que probar el patrón de eventos en la corte, tendrá la información lista para entregarla a la policía o el/la juez/a. También puede guardar los mensajes de voz, correos electrónicos, o mensajes de texto que le hayan enviado como pruebas adicionales del comportamiento de acecho/acoso - al igual que hacer capturas de pantalla (“screenshots”) de cualquier publicación hecha en redes sociales para tenerlas en caso de que la persona que las publicó decida borrarlas. Aquí puede ver consejos para víctimas de acecho y un ejemplo de un registro de acecho/acoso (en la pregunta ¿Puedo obtener una orden de restricción basada en el acecho/acecho cibernético?).

¿Qué tipo de evidencia debo tener para mi caso?

Cada estado tiene sus propias leyes sobre qué evidencia puede usar en la corte. Puede ser que necesite copias certificadas de los documentos o que solamente pueda incluir información de ciertas partes del documento. Si usted está tratando de obtener reportes de la policía, hospitales, médicos, etc., puede ser que tenga que pedirle a el/la juez/a que firme una citación (“subpoena”) para esos documentos. Su estado puede requerir que se mande los documentos directamente a el/la juez/a en vez de que se los manden a usted. Debido a las reglas de evidencia complejas, puede ser difícil para usted entender todo esto por sí mismo/a – así que sería una buena idea consultarlo con un/a abogado/a.

En la mayoría de los estado, evidencia puede incluir:

  • el testimonio en la corte de usted o sus testigos;
  • reportes médicos de sus heridas debido al abuso;
  • reportes policiales;
  • fotos de sus lesiones;
  • objetos de la casa que el/la agresor/a haya roto o dañado;
  • fotos de su casa en desorden después de un episodio de violencia doméstica;
  • fotos de armas que el/la agresor/a haya utilizado para cometer el abuso;
  • grabaciones de llamadas que usted haya hecho al 911, lo que pueden ser citados;
  • copias certificadas de los antecedentes criminales relevantes de el/la agresor/a;
  • un diario o calendario en que documentaba el abuso en el momento en que ocurrió; y
  • cualquier otra cosa que ayude a convencer a el/la juez/a lo que sea permitido según las reglas de evidencia de su estado.

La evidencia más que tenga, mejor. Sin embargo, aunque no tenga ningún documento o testigo, su testimonio es evidencia. No se desanime con seguir con su caso si la “única” evidencia que tiene es su testimonio.

¿Debo contactar a testigos potenciales antes de la audiencia?

Cualquiera puede ser testigo – un/a amigo/a, pariente, niños/as, enfermero/a de la sala de emergencia, un/a médico/a, un/a extraño/a que vio el abuso o escuchó cuando el abuso ocurrió, un/a oficial de la ley, etc.

Puede que algunos/as testigos no acudan a la corte a menos que reciban una orden de comparecencia (“subpoena”) que les ordena a comparecer y testificar. El/la secretario/a (“clerk”) de la corte debe tener los formularios que se tienen que llenar y la orden de comparecencia tiene que ser firmada por el/la juez/a. Puede ser que haya reglas específicas en su estado sobre cómo tiene que entregar la orden de comparecencia a el/la testigo y cuántos días de notificación se le tienen que dar antes de la audiencia. Asegúrese de preguntarle a el/la oficial de la corte sobre el proceso de orden de comparecencia de testigos. En algunos estados, la comisaría del sheriff puede entregar la orden de comparecencia. En otros estados, tendrá que conseguir una persona mayor de 18 años o un/a profesional para hacerlo. Puede preguntar a el/la oficial de la corte sobre cómo entregar la orden de comparecencia.

Si las personas a que usted entregó la orden de comparecencia no se presentan en la corte el día de la audiencia, dígale a el/la juez/a. El/la juez/a puede castigarles por no haberse presentado y usted puede pedirle a el/la juez/a que le aplace la audiencia hasta que esas personas se presenten.

¿Cómo puedo prepararme para testificar?

Es importante que usted practique contar su historia. A pesar de que usted vivió el abuso, es posible que nunca tuvó la oportunidad para sentarse y hablar sobre todos los incidentes de violencia de una manera organizada y clara. Puede que sea buena idea practicar en frente de otra persona o en frente del espejo, para que esté menos nerviosa cuando cuente su historia a el/la juez/a en la corte. Además, cuando empiece a contar su historia de violencia, muchas veces recordará nuevos detalles que pueden ser importante para su caso.

Cuente su historia con sus propias palabras y trate de hablar claramente. Por ejemplo, en un caso para una orden de restricción, trate de concentrarse en los detalles relevantes de los incidentes de violencia, amenazas, o cualquier comportamiento de acoso que usted describió en su petición. Si describe una incidente en que se le golpeó, dígale a el/la juez/a cómo fue golpeada, en que partes de su cuerpo recibió los golpes, cuantas veces sucedió, qué tipo de dolor o lesión recibió, si él/ella usó un arma u objeto, etc. Si describe amenazas, no parafrasee la amenaza por decir, “Me amenazó con matarme.” Trate de recordar exactamente lo que le dijo y dé detalles, como, “Me amenazó con degollarme y tirarme al río.” En otras palabras, sea específica.

Es posible que desee anotar el historial de violencia por parte de el/la agresor/a para llevarlo con usted a la corte. Dependiendo de las reglas de evidencia en su estado, es posible que pueda llevar sus notas al estrado cuando está testificando para refrescar su memoria pero probablemente usted no puede ser permitido a leer sus notas en voz alta. Antes de testificar, usted puede preguntarle a el/la juez/a si se puede usar notas en caso de tener que recordar una fecha, etc. Sin embargo, esté preparada para testificar sin sus notas si el/la juez/a dice, “No.”

Si usted tiene hijos/as, puede que quiera hablar con un/a abogado/a en su estado que tenga experiencia con la violencia doméstica acerca de cómo presentar cualquier evidencia de maltrato hacia sus hijos/as. Usted quiere asegurarse de no presentar esta información de una manera que pueda ponerle en riesgo de ser acusado/a ​​de no proteger a sus hijos/as del maltrato.

Se va a decidir la custodia en mi caso

¿Cuál es la mejor manera de preparar mejor mi caso de custodia?

En cada estado, hay ciertos factores que un/a juez/a debe tener en cuenta al decidir la custodia con el fin de determinar qué tipo de régimen de custodia es en el mejor interés del niño/a. Para saber cuáles son las “mejores factores de interés” en su estado, usted puede ir a la página de Custodia de WomensLaw.org, escriba su estado en el menú desplegable y busque la pregunta “Cómo tomará el juez una decisión sobre la custodia?” Es posible que desee preparar tantas pruebas como sea posible que abordan los factores que el/la juez/a en su estado considera. Es decir, su propio testimonio, el testimonio de testigos, pruebas documentales, etc. Además, en muchos estados, el/la juez/a puede nombrar a un/a evaluador/a de custodia para entrevistar a las partes.