Soy una víctima de violencia doméstica, y la persona que abusa de mí tiene un arma. ¿Es eso legal?
Según las leyes de Illinois, ninguna persona contra la exista una orden de protección contra violencia doméstica, ya sea una orden de protección provisional, una orden de protección de emergencia o una orden de protección plena, podrá legalmente poseer un arma de fuego. Todas las armas de fuego que estén en posesión de el/la agresor/a deberán ser entregadas a una persona que posea una tarjeta de identificación como poseedor de un arma de fuego (“Firearm Owner’s Identification Card”) y el/la agresor/a deberá entregar su tarjeta de identificación como poseedor de un arma de fuego a la agencia local encargada del cumplimiento de la ley. Asimismo, si el/la agresor/a es un agente de policía (“agente del orden”), deberá entregar al jefe del cuerpo de seguridad al que pertenece, cualquier arma de fuego que utilice en el desempeño de sus funciones.1
Además, el Departamento de la Policía Estatal tiene el poder de negar una solicitud para una tarjeta de identificación para la posesión de armas, o de suspender o revocar una tarjeta que se otorgó previamente, si el/la solicitante o dueño/a de la tarjeta:
- está sujeto/a a una orden de protección o a una orden de restricción de armas;2
- ha sido condenando/a por un delito grave (o un menor que fue declarado/a delincuente por un delito que habría sido un delito grave si fuera cometido por un adulto);
- ha sido condenado/a en los últimos cinco años en Illinois por agresión asalto, asalto agravado, violación de una orden de protección, o una ofensa muy parecida, en la cual un arma fue utilizada o poseída;
- ha sido condenado/a por agresión doméstica, asalto con agravantes doméstica, o un delito sustancialmente similar en otra jurisdicción (fuera de Illinois);
- es menor de 21 años y ha sido condenado/a por un delito menor que no sea una infracción de tráfico;
- es menor de 21 años, no es miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos ni de la Guardia Nacional de Illinois, y no cuenta con el consentimiento escrito de un/a padre/madre/tutor legal o cuyo padre/madre/tutor no califica para tener una Tarjeta de Identidad para la posesión de Armas;
- es drogadicto;
- ha sido un paciente en un hospital psiquiátrico en los últimos cinco años; Nota: Hay una excepción a esto para un/a oficial de la ley activo/a o un/a empleado/a del Departamento de Correcciones que está autorizado/a a tener un arma de fuego y que no actuaba de una manera amenazante para sí mismo/a, otra persona o el público, según una determinación por el psicólogo o médico clínico que trata a el/la oficial, y el/la oficial busca el tratamiento de salud mental;
- ha sido juzgado/a (declarado por un/a juez/a) como alguien que tiene una discapacidad mental;
- es una persona con una discapacidad intelectual;
- es una persona con una discapacidad del desarrollo;
- tiene una condición mental que representa un peligro muy claro e inminente a el/la solicitante o a cualquier otra persona;
- intencionalmente hace una declaración falsa en la solicitud de la Tarjeta de Identidad para la posesión de Armas;
- es un/a no ciudadano/a;
- es prohibido/a de tener armas o munición según las leyes de Illinois o las federales; o
- no es un/a residente de Illinois.3
Además, es ilegal que un/a criminal convicto/a tenga un arma de fuego o municiones:
- en su persona (o sea, que ande con ella);
- en su terreno;
- en su hogar; o
- en su lugar fijo de trabajo.4
Si el/la agresor/a está en alguna de estas categorías arriba mencionadas, puede que sea ilegal que tenga un arma.
También, las leyes federales, que son aplicadas a todos los estados por igual, prohíbe que el/la agresor/a posea un arma si usted tiene una orden de protección en contra suya. Esta orden de protección tiene que cumplir ciertos requisitos. Vea Leyes Federales sobre Armas de Fuego para obtener más información.
1 725 ILCS 5/112A-14(b)(14.5)
2 430 ILCS 65/8.2
3 430 ILCS 65/8
4 720 ILCS 5/24-1.1(a)