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Información Legal: Illinois

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 23 de enero de 2024

¿Qué puedo hacer si el agresor viola la orden?

Violar una orden civil de no contacto puede estar en contra de la ley. Hay dos maneras de conseguir ayuda si un/a agresor/a viola la orden.

A través del Sistema Judicial Civil (Civil)
Puede presentar una petición de desacato civil por una violación de la orden. El/la agresor/a puede estar violando la orden civil de no contacto si:

  • hace alguna de las cosas que le prohibieron hacer en la orden de protección civil de no contacto o si no hace algo que le ordenaron hacer; y
  • si hizo o dejó de hacerlo luego de ser notificado/a de la orden de protección de no contacto (o si tenía conocimiento de lo que la orden decía de alguna otra forma.1

Si el/la agresor/a le dice a alguien más (una tercera persona) que viole la orden, es posible que el/la agresor/a sea culpable de violar la orden.2

Si el/la agresor/a no tenía notificación del caso y una oportunidad de ir a una audiencia en la corte, entonces es posible que pueda utilizar eso como excusa (defensa) para justificar por qué violó la orden.3

Para solicitar desacato, puede ir a la oficina de el/la secretario/a de la corte y pedirle los formularios necesarios.

A través de la Policía o Sheriff (Criminal)
Si el/la agresor/a viola la orden civil de no contacto, usted puede llamar a 911 inmediatamente, y es posible que arresten al/a la agresor/a.4 Sin embargo, es necesario que el/la agresor/a haya recibido notificación de la orden existente por cualquiera de los siguientes métodos:

  • personalmente;
  • en la corte; o
  • por otro método que demuestre que tenga conocimiento de la orden.5

Las consecuencias por violar una orden civil de no contacto pueden incluir la encarcelación, pagar restitución, una multa, pagar los honorarios de abogado/a y los gastos, o servicio comunitario.6 La primera violación puede ser un delito menor de Clase A. Una segunda o posterior violación puede ser un delito mayor de Clase 4.7 La penalidad por un delito menor de Clase A es encarcelación hasta un año y una multa de hasta $2,500.8 La penalidad por el delito mayor Clase 4 es encarcelación por no menos de un año pero no más de tres años y una multa a ser decidida por el/la juez/a.9

Para obtener más información sobre el desacato, incluyendo la diferencia entre el desacato penal y el civil, vaya a nuestra página general de Órdenes de Restricción contra la Violencia Doméstica.

Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta, bajo la pregunta ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

1 740 ILCS 5/12-3.8(a)
2 740 ILCS 5/12-3.8(d)
3 740 ILCS 5/12-3.8(a-5)
4 740 ILCS 22/220(c)
5 740 ILCS 22/220(e)
6 740 ILCS 22/220(h)(1)
7 740 ILCS 5/12-3.8(e)
8 730 ILCS 5/5-4.5-55
9 730 ILCS 5/5-4.5-45