¿Se puede cambiar (modificar) una orden civil de no contacto?
Se puede presentar una moción para pedir que el/la juez/a modifique (cambie) una orden civil de emergencia o plenaria de no contacto.1 Pero cuando hayan pasado 30 días desde que el/la juez/a otorgó la orden final de no contacto, el/la juez/a sólo puede cambiar la orden si hay un cambio de las leyes o de los hechos de su caso, que hace que el/la juez/a piense que debe cambiar los términos de su orden.2
La única vez que el/la agresor/a puede presentar una petición para cambiar una orden es cuando se notifica al/a la agresor/a de su orden de emergencia ex parte de no contacto. El/la agresor/a puede presentar una petición para pedir que el/la juez/a abra el caso de nuevo y reconsidere la petición basado en el hecho de que:
- el/la agresor/a no recibió notificación antes de la audiencia inicial cuando se otorgó la orden de emergencia ex parte; y
- el/la agresor/a tenía una defensa válida que habría prevenido que el/la juez/a otorgara la orden o cualquier alivio incluido en la orden.3
Si el/la agresor/a presenta este tipo de petición, sólo tiene que notificarle a usted dos días antes de la audiencia donde el/la juez/a la considerará.3
1 740 ILCS 22/218.5(a)
2 740 ILCS 22/218.5(b)
3 740 ILCS 22/218.5(c)