¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden civil de no contacto?
En una orden civil de no contacto un/a juez/a puede ordenar que la persona agresora:
- se mantenga a cierta distancia de usted, su casa, escuela, cuido de menores u otro lugar;
- se mantenga alejada de cualquier propiedad o animal que usted posea o alquile y ordenar que la persona agresora no se lleve, limite el uso, restrinja, esconda, le haga daño a, ni se deshaga de su propiedad o animal;
- no tenga contacto usted directamente, indirectamente o a través de otra persona, incluyendo comunicación electrónica por correo electrónico, mensajes instantáneos, mensajes de texto, correos de voz, etc.; y
- no haga cualquier otra cosa que el/la juez/a entienda que es necesaria para su protección.1
Nota: No importa si la tercera parte que le contacta sabe que hay una orden o no.2
Si usted y la persona agresora asisten a la misma escuela primaria o secundaria, privada o pública, el/la juez/a debe considerar los siguientes factores adicionales:
- cuán grave es el comportamiento de la persona agresora;
- cualquier peligro físico o angustia emocional continua para usted;
- los derechos educativos de usted y de la persona agresora bajo las leyes federales y estatales; y
- los costos, la dificultad y la interrupción educativa que resultarían del traslado de la persona agresora a otra escuela (ya que el/la juez/a puede ordenar que la persona agresora no asista a su escuela.) La persona agresora tendrá una oportunidad para intentar probar que trasladarla o cambiarla de escuela o programa no es una opción viable para él/ella. Si el/la juez/a le ordena a la persona agresora que se cambie de escuela o se traslade a otro programa, los padres, tutores/as o las personas encargadas de la custodia legal de la persona agresora son responsables de la transportación y demás costos por cambiar de escuela.3
Nota: El/la juez/a también puede ordenar que los padres, tutores/as o las personas encargadas de la custodia legal de una persona menor de edad que tenga una orden civil de no contacto en su contra hagan o no hagan ciertas cosas para asegurarse que la persona agresora cumpla con la orden.4
1 740 ILCS 22/213(b-5); 720 ILCS 5/26.5-0.1
2 740 ILCS 22/213(b-5) (2)
3 740 ILCS 22/213(b-6)
4 740 ILCS 22/213(b-7)